Acción declarativa de relación jurídica laboral respecto de prestación de servicios extinguida y calificada de mercantil
El Tribunal Supremo, en unificación de doctrina, el pasado 29 de octubre de 2015, ha resuelto que en el orden jurisdiccional social cabe una acción declarativa para calificar como laboral una relación jurídica de prestación de servicios extinguida hace meses y calificada por las partes como mercantil.